AUTORA: Lidia Barriga Padilla
Introducción
En la actualidad frecuentemente se escucha hablar de las minorías, en todo contexto, resulta ser suficiente decir minorías para establecer seguramente la existencia de un grupo marginado, excluido, al menos ese es el criterio común. El establecimiento de las minorías señala la existencia de grupos concretos y el reconocimiento de sus derechos. En ese tipo de reconocimiento está el problema que se detecta, por ello será importante establecer ¿quiénes son realmente las minorías, o mayorías?, para el análisis se especifica la siguiente interrogante ¿cuál el uso del término de minorías en la visión de kymlicka y Javier Albó?,
Desarrollo
Desde una visión general del término de minorías es muy utilizado, la minoría en el lenguaje común se refiere a los que numéricamente representan la minoría, esta palabra también tiene otro sentido, tal vez haciendo alusión a los que son menores de edad, estableciendo este punto de partida se toma en cuanta dos posiciones que corresponde a dos visiones de las minorías.
Este análisis parte de una preocupación que surge en la constante utilización del término minorías, el término en sí ha sido utilizado a través de la historia por muchas tendencias políticas y corrientes que han hecho abuso del término para explicar sus fundamentos racistas, nacionalistas, fundamentalistas e intolerantes, tal como expresa kymlicka “de ahí que una teoría liberal de los derechos de las minorías deba explicar cómo coexisten los derechos de las minorías con los derechos humanos, y también cómo los derechos de las minorías están limitados por los principios de la libertad individual, democracia, justicia social”. (Kymlicka 1996).
En este sentido el autor expresa claramente que el derecho de las minorías, es un derecho que existe y está reconocido, y sólo tiene los límites de respeto a la libertad individual y el ideal de un sistema político democrático y la justicia social. De manera personal puedo expresar que los derechos no coexisten señalando que son de las minorías y otros de las mayorías. En este entendido cabría analizar, ¿qué se entiende por minorías? ¿quiénes la constituyen?, ¿quién indica estos son minoría y estos son la mayoría?.
Esta división arbitraria de Kymlicka establece la coexistencia de derechos de las minorías y los derechos humanos, acaso las minorías no están constituidas por seres humanos, no es por tanto coexistencia, según el criterio personal, es simplemente un derecho que debe ser respetado, reconocido, por tanto expreso que no está dentro de las consideraciones legales este tipo de separación que es superficial y no toma en cuenta que los derechos humanos son para todos y esto es reconocido a nivel universal, y que los derechos de las minorías son derechos que requieren de apoyo para ser reconocidos dentro del derecho positivo. Por tanto todos, sin excepción como seres humanos tenemos los mismos derechos y obligaciones, un aspecto separado y que se debe analizar será la forma en la que se establezca el respeto al derecho de las minorías.
Para profundizar en el análisis se debe mencionar a Albó que da una mirada a la realidad boliviana y señala que los derechos y obligaciones no son individuales en contraposición a Kymlicka sino comunitarios: “resulta prácticamente imposible hablar a fondo de la vida del hombre andino sin hacer referencias constantes a la comunidad en que se halla inmerso. Incluso el individualismo, del que ningún ser humano está exento, en los Andes se manifiesta muchas veces como un egoísmo comunitario, de grupo”. (Albó: 1995).
Esta visión señala claramente dos posiciones contrarias, la del individualismo y la del criterio de grupo, de comunidad que expresa Albó, este es el punto de gran diferencia en las posiciones de Kymclika y Albó ambos hablan de minorías, pero en realidad la concepción es diferente. El primero es individualista y señala que los límites de la minoría son los límites de los derechos individuales, ese es el punto de máxima decisión y respeto de los derechos y Albo indica que los derechos individuales son reconocidos existen, pero en la comprensión de una comunidad, por tanto los derechos individuales se someten a los derechos de la comunidad. Por lo expuesto se puede considerar la diferencia de visiones entre la visión liberal de Kymlicka y la Visión comunitaria de Albó.
La visión liberal Kymlicka considera que es importante reconocer la existencia de un problema cuando se toma en cuenta la existencia de minorías, porque:
“Con la expresión ‘minorías nacionales’ nos referimos a grupos etnoculturales que se piensan a sí mismos como naciones dentro de un Estado. Enfrentados al nacionalismo estatal, estos grupos han resistido tradicionalmente la presión de asimilarse a la nación mayoritaria y, en su lugar, se han movilizado para formar su propia comunidad autogobernada, ya sea como Estado independiente o como región autónoma dentro del Estado al que pertenecen”. (Kymlicka: 1996)
En este sentido es indispensable establecer que el reconocimiento de este problema, es importante porque anteriormente este análisis no era contemplado como necesario por autores de la misma línea liberal, según este autor el problema no se ha solucionado, es más se ha agudizado por la existencia de las minorías que exigen derechos preexistentes, él considera que se ha sometido a las naciones y se les ha obligado a ser parte de lo que él llama el Estado nación que está en oposición a lo que ellos son, es decir minorías nacionales. Considero primordial reconocer que este es el fundamento que indica claramente la existencia de una mayoría dominante y una minoría dominante que se somete y este es el punto de la reactivación constante de un problema que no encuentra solución y que constantemente crece en vez de encontrar una salida. Este es desde mi punto de vista es una especie de detonante que da lugar a los grandes cambios que está sufriendo el país.
En este análisis coincido con la visión liberal del Estado nación, es la manera en la que según el contexto y la historia las naciones se han mantenido en un proceso constante de superación, de construcción de un eje articulador que ha mantenido a los individuos dentro de un sistema de normas que establecen el respeto de derechos y obligaciones, no obstante el contexto actual señala que este Estado nación debe dar lugar al reconocimiento de lo que Kymlicka indica es el nacionalismo de las minorías, por tanto ese reconocimiento que es la tendencia hacia el multiculturalismo establece la necesidad de una coexistencia de culturas que requieren ser reconocidas para poder ejercer, y exigir sus derechos los cuales fueron limitados en beneficio del Estado nación.
Desde la visión de Albó que analiza la realidad de la cultura boliviana señala que “persiste la tendencia a identificar a los grupos étnicos con minorías étnicas; y “minorías” se llama también a algunos grupos que en rigor son mayorías, como en Bolivia. Así empieza ya a plantearse nuestro problema. En primer lugar, porque el uso de los términos etnia y étnico se reduce con frecuencia a los grupos de menor prestigio y considerados más “primitivos” (Albó: 1995).
El autor indica también que el reconocimiento de las minorías es el planteamiento de un problema. Albó señala que las minorías y mayorías tienen mucha relación entre si, es más no es tan estricto en la existencia de una separación e indica que existe la posibilidad de compartir de crear de establecer un intercambio una convivencia una construcción entre diferentes. En ese sentido propone lo intercultural, considero que al decir interculturalidad también hace referencia a los opuestos que son complementarios tal como el yin y yan de la filosofía oriental, Albo indica que lo intercultural permite crecer a las culturas consientes de sus diferencias “somos distintos, mantenemos nuestras diferencias, pero somos capaces de entreverarnos y entendernos, y sobre todo enriquecernos mutuamente. Adquirimos de un lado y del otro, pero sin perder nuestras identidades y sobre todo sin imposiciones”. (Conde: 3010).
Analizando estas consideraciones se puede establecer que las minorías existen porque existen mayorías que han acaparado el poder, por tanto, esa búsqueda constante de igualdad llega en algún momento ha lograrse, es la búsqueda del equilibrio que se producen los problemas entre mayorías y minorías que no han podido establecer las bases de lo intercultural, en oposición a Kymlicka que propone la multiculturalidad. Esta posición de Albó es flexible al reconocer que existe una complementariedad entre lo intercultural que indica una transformación del otro, no sólo el simple reconocimiento de la existencia de los otros. Sino en el sentido de mirarse y reconocerse para establecer caminos de comprensión y construcción.
En este análisis es necesario señalar que las minorías tienen que lograr ser consideradas como tales para poder ser reconocidos sus derechos, por ello tiene mucho que ver con la legitimidad de las sociedades democráticas en las sociedades multiculturales. Las sociedades donde se establece que existe el reconocimiento de lo multicultural, por tanto en toda sociedad que se dice ser democrática un principio fundamental que otorga legitimidad es el del reconocimiento de derechos iguales para todos, no obstante deben según Kymlicka deben establecerse otro tipo de derechos.
“Los derechos diferenciados en función del grupo -como la autonomía territorial, el derecho al veto, la representación garantizada en las instituciones centrales, las reivindicaciones territoriales y los derechos lingüísticos-pueden ayudar a corregir dicha desventaja, mitigando la vulnerabilidad de las culturas minoritarias ante las decisiones de los miembros de una minoría tienen las mismas oportunidades de vivir y de trabajar en su propia cultura que los miembros de la mayoría”. (Kymlicka: 1996. Pág. 153)
El reconocimiento de los derechos es fundamental para todo grupo minoritario que lucha para mantenerse como nación, coincido con Kymlicka en la necesidad de que en sociedades democráticas se establezca la libertad como principio básico, no obstante se deben establecer derechos que sean diferenciados, en el entendido de que existen situaciones en las cuales las leyes que se establecieron al conformarse los estados nación avasallaron los derechos de las naciones minoritarias, sin ningún tipo de consideración por ello es necesario el establecimiento de derechos diferenciados que realicen una discriminación positiva que logre una verdadera igualdad frente a una mayoría que ya impuso sus derechos de manera favorable. En este caso lo único que se puede hacer será otorgar derechos que favorezcan el ejercicio de los derechos igualitarios para todos tanto minorías como mayorías corrigiendo las antiguas diferencias que con los derechos diferenciados con estas consideraciones se buscan que las diferencias preexistentes desaparezcan.
Con la consideración de la necesidad de que las minorías tengan derechos reconocidos está Albó que indica:
“La razón es clara: lo que se busca es asegurar la presencia de esos pueblos tan minoritarios en la Asamblea Legislativa Plurinacional a pesar de su pequeño peso demográfico y su dispersión geográfica. De lo contrario, dicha Asamblea nunca llegaría a ser suficientemente “plurinacional” y aumentaría el riesgo de que estos pueblos nunca lleguen a estar presentes”. (Albó: 2006).
De manera concreta con un ejemplo del caso boliviano y la representación de los indígenas establece que debe haber una discriminación positiva a favor de los pueblos indígenas que son minoría e incluso dentro de ellos a los que no tienen peso demográfico un aspecto que también destaca es el caso de la circunscripción especial de La Paz que deberá reservarse para los afrobolivianos, que antes del art. 32 de la nueva CPE estaban totalmente invisibilizados, incluso en el censo.
Este es el punto del análisis en el que considero los dos autores con diferentes fundamentos coinciden, en la necesidad de la existencia del reconocimiento de los derechos de las minorías, que en algunos casos no se ha contemplado en el derecho positivo impuesto por las mayorías que han construido una estructura jurídica legal que los favorece.
Es importante establecer que necesariamente para que exista la igualdad tiene que existir una discriminación positiva, en favor de las minorías, en ese sentido se toma en cuenta la reflexión de Kymlicka que menciona que el problema de las minorías no reside en que se quieran o no reconocer derechos, sino en que obligatoriamente se deben hacer, esto dentro del contexto de las naciones establecidas en un territorio determinado, por ello la discriminación positiva deberá considerarse en relación a los grupos que realmente constituyen una verdadera minoría.
Conclusiones
La interrogante propuesta ¿cuál el uso del término de minorías en la visión de Kymlicka y Javier Albó?, que ha guiado la reflexión permite conocer que la temática desarrollada es realmente interesante y aclara dos posiciones que son en algunos puntos opuestos, pero tienen mucho de sentido y coincidencias en cuanto a las propuestas que fundamentan en la consideración de minorías desde una visión de aceptación de las diferencias, es más yo considero que el liberalismo propuesto por Kymlicka es una primera etapa que puede ser considerada un inicio para posteriormente profundizar en una aceptación de las diferencias.
El multiculturalismo que propone Kymlicka hace un espacio que apertura criterios de aceptación de los otros, esa aceptación puede dar las pautas para considerar el derecho de las minorías, en esa primera etapa de multiculturalismo que se presenta en los estados nación deberá, considero desde mi punto de vista, dar lugar a la apertura de lo intercultural que propone Albó que es una propuesta más profunda en cuanto a la simple aceptación de diferencias.
Lo intercultural de Albó señala la aceptación de diferencias culturales y la posibilidad de construcción de una transformación, yo entiendo de mayorías y también de minorías, no desde el punto de vista de lo malo y lo bueno, tal como lo señalo Albó lo malo y lo bueno no siempre están separados y son contrarios, en algún momento resultan ser complementarios en la construcción de un equilibrio. Es ese equilibrio ideal en el que las culturas se construyen y reconstruyen en el que los cambios trascendentales se producen y reflejan el desarrollo de las minorías y mayorías.
BIBLIOGRAFÍA
Albó Xavier, Kitula Libermann, Armando Godínez y Pifarré Francisco
1995 Para comprender las culturas originarias en Bolivia. CIPCA. Sucre- Bolivia
Albó Xavier
2006 Construcción participativa de políticas nacionales de tierra, territorio, y recursos naturales en el marco de la asamblea constituyente en Bolivia. CENDA-CEJIS-CEDIB Administrador: Webmaster.Disponible en: http://www.constituyentesoberana.org
Conde Villarreal Edwin
2010 Albó: Estamos en un gran yin yan colectivo intercultural. eliasblanco.blogspot.com.http://nomadaboliviano.blogspot.com
Pérez Portilla Karla
2010 Aproximaciones al concepto de minorías. Pág. 20. Disponible en: bibliojurídica.org.pdf)
Kymlicka Will
1996 Ciudadanía multicultural. Una teoría liberal de los derechos de las minorías. Edit. PAIDÓS. Barcelona-Buenos Aires-México.
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Desarrollo
Desde una visión general del término de minorías es muy utilizado, la minoría en el lenguaje común se refiere a los que numéricamente representan la minoría, esta palabra también tiene otro sentido, tal vez haciendo alusión a los que son menores de edad, estableciendo este punto de partida se toma en cuanta dos posiciones que corresponde a dos visiones de las minorías.
Este análisis parte de una preocupación que surge en la constante utilización del término minorías, el término en sí ha sido utilizado a través de la historia por muchas tendencias políticas y corrientes que han hecho abuso del término para explicar sus fundamentos racistas, nacionalistas, fundamentalistas e intolerantes, tal como expresa kymlicka “de ahí que una teoría liberal de los derechos de las minorías deba explicar cómo coexisten los derechos de las minorías con los derechos humanos, y también cómo los derechos de las minorías están limitados por los principios de la libertad individual, democracia, justicia social”. (Kymlicka 1996).
En este sentido el autor expresa claramente que el derecho de las minorías, es un derecho que existe y está reconocido, y sólo tiene los límites de respeto a la libertad individual y el ideal de un sistema político democrático y la justicia social. De manera personal puedo expresar que los derechos no coexisten señalando que son de las minorías y otros de las mayorías. En este entendido cabría analizar, ¿qué se entiende por minorías? ¿quiénes la constituyen?, ¿quién indica estos son minoría y estos son la mayoría?.
Esta división arbitraria de Kymlicka establece la coexistencia de derechos de las minorías y los derechos humanos, acaso las minorías no están constituidas por seres humanos, no es por tanto coexistencia, según el criterio personal, es simplemente un derecho que debe ser respetado, reconocido, por tanto expreso que no está dentro de las consideraciones legales este tipo de separación que es superficial y no toma en cuenta que los derechos humanos son para todos y esto es reconocido a nivel universal, y que los derechos de las minorías son derechos que requieren de apoyo para ser reconocidos dentro del derecho positivo. Por tanto todos, sin excepción como seres humanos tenemos los mismos derechos y obligaciones, un aspecto separado y que se debe analizar será la forma en la que se establezca el respeto al derecho de las minorías.
Para profundizar en el análisis se debe mencionar a Albó que da una mirada a la realidad boliviana y señala que los derechos y obligaciones no son individuales en contraposición a Kymlicka sino comunitarios: “resulta prácticamente imposible hablar a fondo de la vida del hombre andino sin hacer referencias constantes a la comunidad en que se halla inmerso. Incluso el individualismo, del que ningún ser humano está exento, en los Andes se manifiesta muchas veces como un egoísmo comunitario, de grupo”. (Albó: 1995).
Esta visión señala claramente dos posiciones contrarias, la del individualismo y la del criterio de grupo, de comunidad que expresa Albó, este es el punto de gran diferencia en las posiciones de Kymclika y Albó ambos hablan de minorías, pero en realidad la concepción es diferente. El primero es individualista y señala que los límites de la minoría son los límites de los derechos individuales, ese es el punto de máxima decisión y respeto de los derechos y Albo indica que los derechos individuales son reconocidos existen, pero en la comprensión de una comunidad, por tanto los derechos individuales se someten a los derechos de la comunidad. Por lo expuesto se puede considerar la diferencia de visiones entre la visión liberal de Kymlicka y la Visión comunitaria de Albó.
La visión liberal Kymlicka considera que es importante reconocer la existencia de un problema cuando se toma en cuenta la existencia de minorías, porque:
“Con la expresión ‘minorías nacionales’ nos referimos a grupos etnoculturales que se piensan a sí mismos como naciones dentro de un Estado. Enfrentados al nacionalismo estatal, estos grupos han resistido tradicionalmente la presión de asimilarse a la nación mayoritaria y, en su lugar, se han movilizado para formar su propia comunidad autogobernada, ya sea como Estado independiente o como región autónoma dentro del Estado al que pertenecen”. (Kymlicka: 1996)
En este sentido es indispensable establecer que el reconocimiento de este problema, es importante porque anteriormente este análisis no era contemplado como necesario por autores de la misma línea liberal, según este autor el problema no se ha solucionado, es más se ha agudizado por la existencia de las minorías que exigen derechos preexistentes, él considera que se ha sometido a las naciones y se les ha obligado a ser parte de lo que él llama el Estado nación que está en oposición a lo que ellos son, es decir minorías nacionales. Considero primordial reconocer que este es el fundamento que indica claramente la existencia de una mayoría dominante y una minoría dominante que se somete y este es el punto de la reactivación constante de un problema que no encuentra solución y que constantemente crece en vez de encontrar una salida. Este es desde mi punto de vista es una especie de detonante que da lugar a los grandes cambios que está sufriendo el país.
En este análisis coincido con la visión liberal del Estado nación, es la manera en la que según el contexto y la historia las naciones se han mantenido en un proceso constante de superación, de construcción de un eje articulador que ha mantenido a los individuos dentro de un sistema de normas que establecen el respeto de derechos y obligaciones, no obstante el contexto actual señala que este Estado nación debe dar lugar al reconocimiento de lo que Kymlicka indica es el nacionalismo de las minorías, por tanto ese reconocimiento que es la tendencia hacia el multiculturalismo establece la necesidad de una coexistencia de culturas que requieren ser reconocidas para poder ejercer, y exigir sus derechos los cuales fueron limitados en beneficio del Estado nación.
Desde la visión de Albó que analiza la realidad de la cultura boliviana señala que “persiste la tendencia a identificar a los grupos étnicos con minorías étnicas; y “minorías” se llama también a algunos grupos que en rigor son mayorías, como en Bolivia. Así empieza ya a plantearse nuestro problema. En primer lugar, porque el uso de los términos etnia y étnico se reduce con frecuencia a los grupos de menor prestigio y considerados más “primitivos” (Albó: 1995).
El autor indica también que el reconocimiento de las minorías es el planteamiento de un problema. Albó señala que las minorías y mayorías tienen mucha relación entre si, es más no es tan estricto en la existencia de una separación e indica que existe la posibilidad de compartir de crear de establecer un intercambio una convivencia una construcción entre diferentes. En ese sentido propone lo intercultural, considero que al decir interculturalidad también hace referencia a los opuestos que son complementarios tal como el yin y yan de la filosofía oriental, Albo indica que lo intercultural permite crecer a las culturas consientes de sus diferencias “somos distintos, mantenemos nuestras diferencias, pero somos capaces de entreverarnos y entendernos, y sobre todo enriquecernos mutuamente. Adquirimos de un lado y del otro, pero sin perder nuestras identidades y sobre todo sin imposiciones”. (Conde: 3010).
Analizando estas consideraciones se puede establecer que las minorías existen porque existen mayorías que han acaparado el poder, por tanto, esa búsqueda constante de igualdad llega en algún momento ha lograrse, es la búsqueda del equilibrio que se producen los problemas entre mayorías y minorías que no han podido establecer las bases de lo intercultural, en oposición a Kymlicka que propone la multiculturalidad. Esta posición de Albó es flexible al reconocer que existe una complementariedad entre lo intercultural que indica una transformación del otro, no sólo el simple reconocimiento de la existencia de los otros. Sino en el sentido de mirarse y reconocerse para establecer caminos de comprensión y construcción.
En este análisis es necesario señalar que las minorías tienen que lograr ser consideradas como tales para poder ser reconocidos sus derechos, por ello tiene mucho que ver con la legitimidad de las sociedades democráticas en las sociedades multiculturales. Las sociedades donde se establece que existe el reconocimiento de lo multicultural, por tanto en toda sociedad que se dice ser democrática un principio fundamental que otorga legitimidad es el del reconocimiento de derechos iguales para todos, no obstante deben según Kymlicka deben establecerse otro tipo de derechos.
“Los derechos diferenciados en función del grupo -como la autonomía territorial, el derecho al veto, la representación garantizada en las instituciones centrales, las reivindicaciones territoriales y los derechos lingüísticos-pueden ayudar a corregir dicha desventaja, mitigando la vulnerabilidad de las culturas minoritarias ante las decisiones de los miembros de una minoría tienen las mismas oportunidades de vivir y de trabajar en su propia cultura que los miembros de la mayoría”. (Kymlicka: 1996. Pág. 153)
El reconocimiento de los derechos es fundamental para todo grupo minoritario que lucha para mantenerse como nación, coincido con Kymlicka en la necesidad de que en sociedades democráticas se establezca la libertad como principio básico, no obstante se deben establecer derechos que sean diferenciados, en el entendido de que existen situaciones en las cuales las leyes que se establecieron al conformarse los estados nación avasallaron los derechos de las naciones minoritarias, sin ningún tipo de consideración por ello es necesario el establecimiento de derechos diferenciados que realicen una discriminación positiva que logre una verdadera igualdad frente a una mayoría que ya impuso sus derechos de manera favorable. En este caso lo único que se puede hacer será otorgar derechos que favorezcan el ejercicio de los derechos igualitarios para todos tanto minorías como mayorías corrigiendo las antiguas diferencias que con los derechos diferenciados con estas consideraciones se buscan que las diferencias preexistentes desaparezcan.
Con la consideración de la necesidad de que las minorías tengan derechos reconocidos está Albó que indica:
“La razón es clara: lo que se busca es asegurar la presencia de esos pueblos tan minoritarios en la Asamblea Legislativa Plurinacional a pesar de su pequeño peso demográfico y su dispersión geográfica. De lo contrario, dicha Asamblea nunca llegaría a ser suficientemente “plurinacional” y aumentaría el riesgo de que estos pueblos nunca lleguen a estar presentes”. (Albó: 2006).
De manera concreta con un ejemplo del caso boliviano y la representación de los indígenas establece que debe haber una discriminación positiva a favor de los pueblos indígenas que son minoría e incluso dentro de ellos a los que no tienen peso demográfico un aspecto que también destaca es el caso de la circunscripción especial de La Paz que deberá reservarse para los afrobolivianos, que antes del art. 32 de la nueva CPE estaban totalmente invisibilizados, incluso en el censo.
Este es el punto del análisis en el que considero los dos autores con diferentes fundamentos coinciden, en la necesidad de la existencia del reconocimiento de los derechos de las minorías, que en algunos casos no se ha contemplado en el derecho positivo impuesto por las mayorías que han construido una estructura jurídica legal que los favorece.
Es importante establecer que necesariamente para que exista la igualdad tiene que existir una discriminación positiva, en favor de las minorías, en ese sentido se toma en cuenta la reflexión de Kymlicka que menciona que el problema de las minorías no reside en que se quieran o no reconocer derechos, sino en que obligatoriamente se deben hacer, esto dentro del contexto de las naciones establecidas en un territorio determinado, por ello la discriminación positiva deberá considerarse en relación a los grupos que realmente constituyen una verdadera minoría.
Conclusiones
La interrogante propuesta ¿cuál el uso del término de minorías en la visión de Kymlicka y Javier Albó?, que ha guiado la reflexión permite conocer que la temática desarrollada es realmente interesante y aclara dos posiciones que son en algunos puntos opuestos, pero tienen mucho de sentido y coincidencias en cuanto a las propuestas que fundamentan en la consideración de minorías desde una visión de aceptación de las diferencias, es más yo considero que el liberalismo propuesto por Kymlicka es una primera etapa que puede ser considerada un inicio para posteriormente profundizar en una aceptación de las diferencias.
El multiculturalismo que propone Kymlicka hace un espacio que apertura criterios de aceptación de los otros, esa aceptación puede dar las pautas para considerar el derecho de las minorías, en esa primera etapa de multiculturalismo que se presenta en los estados nación deberá, considero desde mi punto de vista, dar lugar a la apertura de lo intercultural que propone Albó que es una propuesta más profunda en cuanto a la simple aceptación de diferencias.
Lo intercultural de Albó señala la aceptación de diferencias culturales y la posibilidad de construcción de una transformación, yo entiendo de mayorías y también de minorías, no desde el punto de vista de lo malo y lo bueno, tal como lo señalo Albó lo malo y lo bueno no siempre están separados y son contrarios, en algún momento resultan ser complementarios en la construcción de un equilibrio. Es ese equilibrio ideal en el que las culturas se construyen y reconstruyen en el que los cambios trascendentales se producen y reflejan el desarrollo de las minorías y mayorías.
BIBLIOGRAFÍA
Albó Xavier, Kitula Libermann, Armando Godínez y Pifarré Francisco
1995 Para comprender las culturas originarias en Bolivia. CIPCA. Sucre- Bolivia
Albó Xavier
2006 Construcción participativa de políticas nacionales de tierra, territorio, y recursos naturales en el marco de la asamblea constituyente en Bolivia. CENDA-CEJIS-CEDIB Administrador: Webmaster.Disponible en: http://www.constituyentesoberana.org
Conde Villarreal Edwin
2010 Albó: Estamos en un gran yin yan colectivo intercultural. eliasblanco.blogspot.com.http://nomadaboliviano.blogspot.com
Pérez Portilla Karla
2010 Aproximaciones al concepto de minorías. Pág. 20. Disponible en: bibliojurídica.org.pdf)
Kymlicka Will
1996 Ciudadanía multicultural. Una teoría liberal de los derechos de las minorías. Edit. PAIDÓS. Barcelona-Buenos Aires-México.
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